Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)

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¿Tienes pensado importar residuos peligrosos y no sabes qué normas regulan este tipo de mercancía o qué permisos se necesitan?, ¿desconoces las características del embalaje en el que se deben transportar para que esté libre de plagas? y ¿qué organismo se encarga de regular en el tema? Aquí te explicamos.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es la dependencia de gobierno encargada de “constituir una política de Estado de protección ambiental, que revierta las tendencias del deterioro ecológico y siente las bases para un desarrollo sustentable en el país”.

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Su misión es “incorporar en los diferentes ámbitos de la sociedad y de la función pública, criterios e instrumentos que aseguren la óptima protección, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales del país, conformando así una política ambiental integral e incluyente que permita alcanzar el desarrollo sustentable”.

 

¿En qué aspectos se enfoca?

La SEMARNAT, sus tres subsecretarías y los diversos órganos desconcentrados y descentralizados que forman parte del sector ambiental federal, trabajan en cuatro aspectos:

  • La conservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad.
  • La prevención y control de la contaminación.
  • La gestión integral de los recursos hídricos.
  • El combate al cambio climático.

¿Qué regula la SEMARNAT?

En materia de comercio exterior, la SEMARNAT regula los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos con el objetivo de reducir el riesgo de que se produzca daño al ambiente como resultado de la peligrosidad intrínseca de los residuos, el manejo de los mismos durante el movimiento y los procesos a los cuáles son sometidos en las instalaciones de destino.

Se denomina movimiento transfronterizo a la importación, exportación, tránsito y retorno de residuos, ya sean peligrosos o no, con fines de aprovechamiento, tratamiento o disposición final.

Los trámites y requisitos que deben presentarse para obtener autorización para la importación o exportación de residuos, así como los criterios de esta dependencia para la expedición de dichas autorizaciones, se basan en las disposiciones nacionales y los convenios internacionales firmados por México en materia de movimientos transfronterizos de residuos peligrosos.

La SEMARNAT desarrolló una Guía en donde se describen los instrumentos que regulan el movimiento transfronterizo de residuos en México. Conoce algunos de ellos.

  1. Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación (Convenio de Basilea)

Fue adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios del 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992. Contiene 29 artículos y 6 anexos. Hasta el 2012, este convenio contaba con 179 Estados Parte, de ellos 176 países lo han ratificado y aún faltan por hacerlo Estados Unidos, Haití y Afganistán. México es Parte de este convenio desde el 22 de febrero de 1991 y las disposiciones del mismo rigen en el país desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 9 de agosto de 1991.

Los principales objetivos del Convenio de Basilea son:

  • Proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos que podrían originarse por la gestión inadecuada de los residuos peligrosos y no peligrosos.
  • Reducir los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y no peligrosos a un mínimo compatible con su manejo ambientalmente racional.
  • Controlar los movimientos transfronterizos de residuos.
  • Reducir la generación de desechos peligrosos (atendiendo tanto a la cantidad como a la peligrosidad).

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  1. Acuerdo que Establece las Mercancías cuya Importación y Exportación está Sujeta a Regulación por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

En materia regulatoria es el Acuerdo más reciente. El 26 de diciembre de 2020 se publicó este Acuerdo en el DOF en donde, con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria, publicada en el DOF el 18 de mayo de 2018, se establece la eliminación de 3 fracciones arancelarias y acotaciones a 159 fracciones arancelarias con el fin de someter a la regulación las mercancías listadas en CITES y en la NOM-059-SEMARNAT-2010; provenientes de la vida silvestre.

Dicho Acuerdo tiene por objeto establecer las fracciones arancelarias de las mercancías que están sujetas a Regulación, por parte de la SEMARNAT, cuyo cumplimiento se deberá acreditar ante las autoridades competentes.

En su Artículo Octavo, los Permisos, Certificados, Autorizaciones u Hojas de requisitos fitosanitarios para la importación de materias primas, productos y subproductos forestales, emitidos por las Unidades Administrativas competentes de la SEMARNAT, en los términos previstos en el presente Acuerdo, incluirán las medidas y requisitos que deberán cumplir los interesados, conforme a lo previsto en las disposiciones legales aplicables, al momento de Importar o Exportar las mercancías, y su expedición se ajustará a lo dispuesto en el Registro Federal de Trámites y Servicios.

  1. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre la Cooperación para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza (Convenio de la Paz) denominado Acuerdo de Cooperación sobre Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y Sustancias Peligrosas

El Convenio de la Paz se firmó el 14 de agosto de 1983, sus objetivos son:

  • Establecer las bases de cooperación entre las partes para la protección, mejoramiento y conservación del medio ambiente y los problemas que lo afectan sobre la base de la igualdad, reciprocidad y beneficio mutuo.
  • Acordar las medidas necesarias para prevenir y controlar la contaminación en la zona fronteriza y proveer el marco para el desarrollo de un sistema de notificación en situaciones de emergencia.
  1. Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

El Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se publicó en el DOF el 26 de noviembre de 2012 y en él se establecen las atribuciones de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas para resolver los asuntos relacionados con la importación y exportación de residuos.

  1. Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005; Características, Procedimiento de Identificación, Clasificación y Listados de Residuos Peligrosos

La Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2006 y en ella se establece el procedimiento para identificar si un residuo es peligroso, el cual incluye los listados de los residuos peligrosos y las características que hacen que se consideren como tales.

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¿Dónde puedo contactar a la SEMARNAT?

Para realizar cualquier solicitud a la SEMARNAT, el interesado se debe presentar de lunes a viernes de 10 a 15 horas en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC), ubicado en: Av. Ejército Nacional 223, Col. Anáhuac, Ciudad de México. C.P. 11320. Para conocer qué trámites atiende esta Secretaría consulta su página web.

Asimismo, las solicitudes podrán entregarse en el ECC de la Delegación Federal de la SEMARNAT en cada estado, en donde serán recibidas para enviarlas a oficinas centrales para la evaluación y resolución correspondientes.

Si tienes dudas acércate a los expertos de ADUAEASY para que te orienten sobre el tema.

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Con más de siete años de experiencia, soy un Líder Comercial y Project Leader apasionado por guiar a individuos hacia la creación de exitosas experiencias de importación.

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